A continuación, brindamos información referente a las inspecciones en empresas que realiza el Registro Nacional de Precursores Químicos del Ministerio de Seguridad de la Nación.

  1. Conforme el artículo 12° inciso n) de la Ley Nº 26.045, son los funcionarios del Registro Nacional de Precursores Químicos quienes pueden practicar en todo el territorio del país inspecciones a operadores, se encuentren o no inscriptos ante dicho Registro Nacional.
  2. Asimismo, el Decreto Nº 593/19, reglamentario de la citada Ley, establece en su artículo 58° que “Los funcionarios tendrán la facultad de ingresar al domicilio a inspeccionar munidos de una orden de inspección, la cual deberá estar suscripta por la autoridad competente y contener al menos el domicilio a auditar, el nombre o razón social del inspeccionado, en caso de conocerse, y la individualización de los inspectores autorizados a efectuar dicho acto, que deberán encontrarse incluidos dentro de la nómina del cuerpo de inspectores que la Autoridad de Aplicación establecerá mediante acto administrativo”.
  3. En ese sentido, pongo en su conocimiento que la última actualización de la nómina del Cuerpo de Inspectores de Precursores Químicos ha sido aprobada mediante la Disposición Nº 654/20 de la Subsecretaría de Investigación Criminal y Cooperación Judicial de este Ministerio de Seguridad, siendo el personal incluido en dicha nómina el único autorizado a realizar este tipo de tareas.

Por otro lado, si un operador es inspeccionado y tiene sospechas sobre la misma, desde el RENPRE sugerimos solicitar la siguiente información:

  • Solicitar a quien se presenta en el domicilio la documentación referida en el punto 2 del presente correo, teniendo en cuenta todos los datos que deben obrar en la Orden de Inspección.
  • Requerir a las personas intervinientes sus datos personales. En la medida de los posible nombre completo y DNI.
  • Recordar que los inspectores del RENPRE siempre van a estar identificados con vestimenta del Registro, credenciales identificatorias y la ya referida orden de inspección, por lo que también sugerimos exigir dicha información.
  • Comunicarse a nuestras líneas de contacto a fin de denunciar la posible irregularidad, a saber: 11 6914-1505 de 09 a 12 hs y de 13 a 16 hs. Asimismo, dejamos nuestra página web con más información https://www.argentina.gob.ar/seguridad/renpre